Ejecutivo promulga decreto que regula elaboración de cosméticos artesanales

El Gobierno Nacional promulgó en la Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo #875, el cual lleva la firma del presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen y el ministro de Salud, Luis Francisco Sucre. La norma reglamenta la elaboración de productos cosméticos artesanales en la República de Panamá.

Mediante esta norma que entra en vigencia a partir del 19 de noviembre, fecha de la promulgación, se legaliza la actividad de la elaboración de los cosméticos artesanales y se agiliza el proceso de inscripción de las empresas dedicadas a esta actividad institución.

La secretaria general de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ampyme), Shalima Murillo, expresó su satisfacción con la entrada en vigencia de la norma, tras considerar que es una aspiración de más de 70 años de los emprendedores, micros, pequeños empresarios dedicados a esta actividad.

Con este Decreto, cuya iniciativa nació en la Ampyme, se permitirá que los emprendedores puedan legalizarse, al tener acceso a un registro sanitario, lo que les permitirá vender en Panamá, incluso al extranjero

Se dispone en el Decreto #875 que para la elaborar de productos cosméticos artesanales, los interesados deberán inscribirse en la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud y en la Ampyme, donde además de los documentos de identificación de los artesanos deben incluir la lista de los productos a elaborar, así como las materias primas a utilizar.

Se establece que quienes se dediquen a la elaboración de cosméticos artesanales deberán realizar una capacitación obligatoria al menos tres veces al año.

Será necesario inscribir el establecimiento en el que se dediquen a la elaboración de los productos, local que debe cumplir con ciertas adecuaciones para las paredes, piso y techo que permitan su fácil limpieza, mesa de acero inoxidable, implementos y herramientas exclusivos para esta actividad, anaqueles de metal, plásticos o tablillas para almacenar los productos o materiales a utilizar.

Además, deben cumplir con medidas de bioseguridad como uso de mascarillas, guantes, anteojos, cubre cabellos, delantales y otros que garanticen la limpieza e inocuidad del área y de los productos que son elaborados en estos establecimientos.